El Arraigo Social es la vía principal de regularización para extranjeros que llevan tiempo viviendo en España sin papeles. Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, los requisitos se han flexibilizado, reduciendo tiempos y facilitando el acceso al permiso de trabajo.
Sin embargo, el Arraigo Social sigue siendo uno de los trámites con mayor tasa de denegación por errores formales en la documentación o en el informe de integración.
En MySpanishResidency, no somos una gestoría; somos abogados expertos en Extranjería. Transformamos tu tiempo en España en una residencia legal, asegurando que cumples escrupulosamente con la normativa vigente para evitar el temido «silencio administrativo» o una resolución desfavorable.
¿Qué es el Arraigo Social en España?
El Arraigo Social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar a ciudadanos extranjeros que se encuentran en España en situación irregular.
Su objetivo jurídico es reconocer la integración de quienes han construido su vida aquí. A diferencia de otros visados que se piden desde el país de origen, este permiso se solicita directamente desde España. Es la puerta legal para pasar de la irregularidad a tener derecho a residir y trabajar con plenos efectos legales.
Dato Clave: Esta autorización computa para la Nacionalidad Española. Es decir, el tiempo que pases con esta tarjeta cuenta para solicitar tu pasaporte español en el futuro.
Beneficios: ¿Qué derechos obtienes con esta residencia?
Regularizar tu situación no es solo un papel; es tranquilidad. Al obtener la residencia por arraigo social, accedes inmediatamente a:
Camino a la Nacionalidad Española: Este es el beneficio más importante a largo plazo. Al salir de la irregularidad, el reloj para pedir la nacionalidad española empieza a contar oficialmente. Una vía para integrarte plenamente en la sociedad española y comenzar una nueva etapa con tranquilidad, legalidad y protección.
- Permiso de Trabajo Total: Podrás trabajar legalmente tanto por cuenta ajena (con contrato) como por cuenta propia (creando tu negocio). Ya no tendrás que trabajar «en negro».
- Sanidad Pública y Seguridad Social: Acceso garantizado al sistema de salud en igualdad de condiciones que un español, y comenzarás a cotizar para tu jubilación y prestaciones (paro, baja médica).
- Reagrupación Familiar: Es el primer paso para poder traer legalmente a tus hijos o cónyuge a España en el futuro.
- Libertad de Movimiento: Podrás entrar y salir de España y viajar por todo el Espacio Schengen sin miedo a que te denieguen la entrada en el aeropuerto.
Marco Legal del Arraigo Social en España
La figura del arraigo social está reconocida como una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, y su marco jurídico se sustenta en varias normas clave del ordenamiento español en materia de extranjería.
A continuación, te resumimos las disposiciones que regulan esta autorización:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículo 31.3). Es conocida como la Ley de Extranjería y establece el concepto general de residencia por circunstancias excepcionales.
- Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025, que sustituyó al RD 557/2011 y regula los requisitos del arraigo en sus artículos 124 a 132. Aquí se detallan aspectos como el tiempo de permanencia, la necesidad del informe de inserción social y las modalidades para acreditar medios de vida.
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, que regula el proceso administrativo general en el que se enmarca la solicitud de este permiso, incluyendo los plazos de resolución y la posibilidad de presentar recursos.
- Reformas recientes: el nuevo reglamento redujo el tiempo mínimo de permanencia de 3 a 2 años y reorganizó el arraigo en cinco figuras: sociolaboral, social, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, retocó después los requisitos del arraigo social.
En MySpanishResidency, estamos al día con cualquier cambio normativo que pueda afectar tu solicitud. Te asesoramos desde un enfoque legal sólido, para que puedas presentar tu solicitud con plena seguridad jurídica y conforme a la normativa vigente.
Requisitos para el Arraigo Social en España en 2026
Si estás valorando iniciar tu trámite de residencia legal mediante el arraigo social en 2026, es esencial que conozcas los requisitos actualizados según el nuevo Reglamento de Extranjería.
En MySpanishResidency, te ofrecemos una guía clara, actualizada y adaptada a tu caso. Estos son los principales requisitos del arraigo social que debes cumplir este año:
1. Residencia continuada en España durante al menos 2 años
Con la reforma del reglamento, el tiempo mínimo de permanencia exigido ha pasado de tres a dos años. Esta residencia debe ser continuada y demostrable.
Puedes acreditar tu estancia mediante:
- Certificados de empadronamiento históricos
- Informes médicos de la sanidad pública
- Facturas, contratos, envíos de dinero o justificantes de asistencia a cursos o entidades
- Cualquier otro documento con valor probatorio y con tu nombre y fecha
⚠️ El reglamento no fija un máximo de días de ausencia: exige que la permanencia en España sea continuada. Si has salido del país en estos dos años, consúltanos antes de presentar la solicitud.
2. Carecer de antecedentes penales
No debes tener antecedentes penales ni en España ni en los países en los que hayas residido durante los 5 años anteriores a tu entrada en España. El certificado español lo pide de oficio la oficina de extranjería.
Este certificado debe presentarse debidamente legalizado o apostillado, y traducido por traductor jurado si no está en español.
3. Medios económicos y vínculos: qué pide cada vía
Desde el 20 de mayo de 2025, lo que antes era un solo arraigo social se reparte en dos vías, según tengas o no contrato:
- Con contrato de trabajo (arraigo sociolaboral): uno o varios contratos que sumen al menos 20 horas semanales y paguen como mínimo el salario mínimo o el del convenio, en proporción a la jornada. Ya no se exige un contrato de un año ni jornada completa.
- Sin contrato (arraigo social): medios económicos de al menos el 100 % del IPREM (600 € al mes en 2026), disponibles en España. Pueden ser tuyos, venir de un negocio propio que cumpla los requisitos del trabajo por cuenta propia o de los familiares del punto siguiente.
- Vínculos o integración: en el arraigo social, además de los medios, tienes que tener en España a tu cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal. Si no los tienes, se valora tu integración con el informe del punto 4 (el 100 % del IPREM se exige igual).
En el arraigo sociolaboral, la empresa empleadora debe estar al corriente en Seguridad Social y Hacienda, y demostrar solvencia y actividad real.
4. Informe de inserción social favorable
En el arraigo social solo hace falta si no tienes en España cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal. En el socioformativo se pide siempre. Lo emite tu comunidad autónoma o, si esta lo ha delegado, tu ayuntamiento, y evalúa tu nivel de integración en la sociedad española.
El informe valora:
- Dominio del idioma
- Participación en actividades comunitarias o formativas
- Vínculos sociales o familiares
- Conocimiento y respeto de los valores constitucionales y autonómicos
Si no se emite en el plazo de un mes, puedes justificar tu integración con cualquier otro medio de prueba válido en derecho.
¿No sabes si cumples todos los requisitos del arraigo social en 2026? En MySpanishResidency analizamos tu caso sin compromiso y te guiamos paso a paso para que presentes tu solicitud con garantías.
Modalidades del Arraigo Social en España
Dependiendo de tu situación personal y económica, existen diferentes formas de cumplir los requisitos del arraigo social. En MySpanishResidency te ayudamos a elegir la más adecuada para tu caso:
Arraigo sociolaboral: con contrato de trabajo
Es la opción más habitual. Desde el 20 de mayo de 2025 tiene nombre propio, arraigo sociolaboral, y pide uno o varios contratos de trabajo firmados por el empleador:
- Que sumen al menos 20 horas semanales. No hace falta jornada completa ni que el contrato dure un año.
- El salario debe respetar al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o lo que marque el convenio, en proporción a la jornada.
- La empresa debe estar inscrita y al corriente en Seguridad Social y Hacienda.
- Se admiten varios contratos en trabajos de temporada (con distintos empleadores, uno tras otro) o si trabajas a tiempo parcial para varios empleadores a la vez.
Arraigo Social Sin Contrato: Cuenta Propia o Recursos Propios
Si no cuentas con una oferta de empleo, tienes dos alternativas:
1. Arraigo por Cuenta Propia (emprendimiento)
Puedes optar por este camino si deseas trabajar como autónomo en España. Deberás acreditar:
- Un plan de negocio viable y detallado
- Recursos económicos para iniciar tu actividad
- Experiencia o formación adecuada para el sector
- Licencias o permisos, si tu actividad lo requiere
2. Arraigo con Recursos Económicos Propios
Es el arraigo social propiamente dicho. La autorización que te conceden incluye permiso para trabajar por cuenta ajena o propia, como las demás de arraigo salvo el socioformativo, que solo permite trabajar por cuenta ajena hasta 30 horas semanales. Necesitas:
- Recursos personales suficientes (mínimo 100 % del IPREM mensual)
- O medios de tu cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal en España
- Esos vínculos familiares o, si no los tienes, un informe favorable de integración social
¿Cómo Demostrar los 2 Años de Residencia en España?
Uno de los requisitos clave del arraigo social es acreditar tu permanencia continua en España durante al menos 24 meses antes de la solicitud.
Aunque el empadronamiento es una prueba importante, no es la única forma válida. Puedes utilizar cualquier documento con tu nombre, fecha y origen español:
- Certificado de empadronamiento histórico
- Facturas de servicios (luz, teléfono, alquiler…)
- Informes médicos o citas en centros de salud públicos
- Envíos de dinero, compras con tarjeta bancaria
- Registros en asociaciones, centros educativos o cursos de formación
Guarda todo lo que demuestre tu vida en España desde que llegaste. Cada papel puede ayudarte.
Documentación Necesaria para Solicitar el Arraigo Social
La solicitud del arraigo social requiere reunir una serie de documentos que acrediten tu situación personal, económica y tu integración en España. En MySpanishResidency te ayudamos a preparar todo correctamente. Los documentos principales son:
- Formulario oficial de solicitud (modelo EX–10) por duplicado
- Copia completa del pasaporte en vigor
- Pruebas de residencia continuada en España (mínimo 2 años)
- Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los 5 años anteriores a entrar en España (el español lo pide la oficina de oficio)
- Informe de integración social si no tienes familiares con residencia legal en España (o pruebas alternativas si no fue emitido)
- Contrato de trabajo o documentación de medios económicos (negocio propio o recursos)
- En caso de familiares, certificados de vínculos (matrimonio, nacimiento, etc.)
Toda documentación extranjera debe estar legalizada o apostillada y traducida por traductor jurado.
¿Dónde y Cómo Presentar la Solicitud de Arraigo Social?
La solicitud del arraigo social debe presentarse en la Oficina de Extranjería de la provincia donde tengas tu domicilio habitual.
La solicitud la tiene que presentar personalmente la persona extranjera (artículo 130.1 del Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024), salvo menores o personas con discapacidad que necesiten apoyo. Eso se cumple de dos formas: en persona en la Oficina de Extranjería o por internet con tu propio certificado digital (artículo 197.1). Tienes dos opciones de presentación:
Presencial:
- Necesitas solicitar cita previa
- Debes acudir con todos los documentos originales y copias
- Es ideal si no tienes certificado digital
Telemática (Recomendada si cuentas con certificado digital):
- Con tu propio certificado digital, en la sede electrónica de extranjería (plataforma Mercurio). La presentas tú, no un tercero en tu nombre, y el justificante de registro sale en el momento
- Permite mayor agilidad y seguimiento del expediente en línea
Proceso paso a paso para solicitar el Arraigo Social
El proceso de solicitud del arraigo social puede parecer complejo si no estás familiarizado con la normativa o los trámites administrativos en España. En MySpanishResidency, nos encargamos de que cada paso se realice correctamente y sin contratiempos. Esta es la hoja de ruta general:
1. Evaluación del caso
Analizamos tu situación personal para confirmar si cumples con los requisitos del arraigo social en 2026. Si todavía no los cumples, te orientamos sobre cómo prepararte para cumplirlos lo antes posible.
2. Recopilación de documentación
Te ayudamos a reunir y organizar todos los documentos necesarios: pruebas de residencia, antecedentes penales, contrato o medios económicos, informe de inserción social, etc. Nos aseguramos de que todo esté completo y correctamente preparado.
3. Solicitud del informe de inserción social
Tramitamos la solicitud ante los servicios sociales correspondientes, gestionando también posibles alternativas si el informe no llega en plazo.
4. Presentación del expediente
Te acompañamos a presentar la solicitud en persona en la Oficina de Extranjería o te guiamos para presentarla tú por internet con tu certificado digital, siempre con el expediente revisado para evitar errores formales.
5. Seguimiento de la solicitud
Monitoreamos el estado de tu expediente y te informamos de cualquier avance, requerimiento o resolución. Si es necesario, presentamos escritos adicionales o aclaraciones.
6. Resolución
Una vez obtenida la resolución favorable, te asesoramos sobre los siguientes pasos para formalizar tu situación legal en España.
Con nuestro despacho, no tendrás que preocuparte por las dudas ni el papeleo. Nos ocupamos de todo con la seriedad y profesionalismo que mereces.
Después de la concesión: alta en la Seguridad Social, TIE y renovación
Cuando te conceden la autorización de residencia por arraigo social, aún quedan trámites esenciales que debes completar para estar plenamente regularizado en España. En MySpanishResidency seguimos contigo hasta el final del proceso:
Alta en la Seguridad Social
Si lo obtuviste por arraigo sociolaboral, tu empleador tiene que darte de alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión. Sin ese alta la autorización no surte efecto. Desde que tu solicitud se admite a trámite ya puedes residir y trabajar por cuenta ajena de forma provisional.
Solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Una vez dado de alta, deberás solicitar cita en la comisaría de Policía para gestionar la expedición de tu TIE. Es necesario presentar:
- Modelo oficial EX–17
- Justificante del abono de la tasa 790 código 012
- Fotografía reciente tamaño carné
- Documentación de la resolución y alta laboral (si aplica)
Nos encargamos de solicitar tu cita, preparar la documentación y acompañarte si lo deseas.
Renovación del permiso por arraigo social
El permiso tiene una duración inicial de un año, y antes de su vencimiento deberás renovarlo. Según el tipo de actividad con el que lo obtuviste (trabajo por cuenta ajena, propia o medios propios), los requisitos para renovar pueden variar.
En MySpanishResidency, te avisamos con antelación sobre los plazos, revisamos tu situación actual y tramitamos la renovación para evitar interrupciones en tu residencia legal.
Cuando sumes cinco años de residencia legal y continuada, contando los del arraigo, podrás pedir la residencia de larga duración y dejar atrás las renovaciones de la autorización temporal.
Comparativa entre los principales tipos de Arraigo en España
| Tipo de Arraigo | Requisitos principales | ¿Requiere tiempo mínimo en España? | ¿Incluye permiso de trabajo? | Duración inicial del permiso | Ideal para… |
|---|---|---|---|---|---|
| Arraigo Social | – 2 años de residencia continuada – Sin antecedentes penales – Familia con residencia legal o informe de integración – Medios de al menos el 100 % del IPREM | Sí, mínimo 2 años | Sí | 1 año | Personas integradas socialmente sin situación legal |
| Arraigo Familiar | – Ser padre, madre o tutor de un menor de otro país de la UE, del EEE o de Suiza, o prestar apoyo a un familiar de esos países con discapacidad – No requiere tiempo de residencia | No | Sí | 5 años | Padres de menores europeos. Si tu familiar es español, la vía es la residencia de familiar de español |
| Arraigo Sociolaboral | – 2 años en España – Uno o varios contratos que sumen 20 horas semanales o más, con el salario mínimo o el del convenio | Sí, mínimo 2 años | Sí | 1 año | Personas con una oferta de trabajo real (sustituye al antiguo arraigo social con contrato) |
| Arraigo Socioformativo | – 2 años en España – Matrícula en formación reglada, de certificados profesionales o de los servicios públicos de empleo – Informe de integración social | Sí, mínimo 2 años | Sí, hasta 30 horas semanales | 1 año | Quienes buscan estudiar para regularizarse |
| Segunda Oportunidad | Haber tenido una autorización de residencia (no concedida por circunstancias excepcionales, como el arraigo) en los 2 años anteriores que no se pudo renovar, salvo por orden público | Sí, 2 años | Sí | 1 año renovable | Quien perdió su residencia por no poder renovarla |
Consejos Prácticos y Errores Comunes en el Arraigo Social
El proceso de solicitud del arraigo social puede parecer sencillo, pero está lleno de detalles que, si se descuidan, pueden llevar a una denegación innecesaria. En MySpanishResidency, hemos gestionado cientos de expedientes, y estos son los puntos clave que debes tener en cuenta: Y una vez presentado, conviene no quedarse a ciegas: te explicamos cómo consultar el estado de tu expediente de extranjería y qué plazos tiene la Administración.
Consejos útiles:
- Empieza a guardar documentos desde tu llegada a España: facturas, envíos, informes médicos, etc. Todo cuenta como prueba de residencia.
- Solicita el informe de inserción social con antelación. No lo dejes para el último momento.
- Elige bien el tipo de arraigo que te corresponde. A veces, el arraigo familiar o por formación puede ser más adecuado.
- Verifica la legalidad del contrato laboral: duración, jornada, salario y estado de la empresa.
- Pide siempre asesoría legal antes de presentar tu solicitud. Un error pequeño puede suponer meses de espera o incluso el rechazo.
Errores comunes que debes evitar:
- Presentar un contrato de trabajo que no cumple los requisitos (menos de 20 horas semanales, sueldo por debajo del mínimo, empresa sin actividad real, etc.).
- No demostrar correctamente los 2 años de residencia con documentación válida.
- No legalizar ni traducir correctamente los documentos extranjeros.
- No cumplir con los plazos legales tras la resolución favorable.
- No preparar un buen plan de negocio si optas por el arraigo por cuenta propia.
Evitar estos errores desde el principio marca la diferencia entre una solicitud exitosa o una denegación. Por eso, contar con un despacho especializado como el nuestro reduce mucho el riesgo de una denegación por errores que se pueden evitar.
Preguntas Frecuentes sobre el Arraigo Social
¿Qué se necesita para pedir arraigo social?
Debes acreditar 2 años de permanencia continuada en España, no tener antecedentes penales, medios económicos de al menos el 100 % del IPREM y tener en España a tu cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal o, si no, un informe favorable de integración social. Si tienes contrato de trabajo, la vía es el arraigo sociolaboral.
¿Cuánto tiempo tarda la residencia por arraigo social?
El plazo oficial de resolución es de 3 meses desde la presentación. Si no hay respuesta en ese tiempo, se aplica el silencio administrativo (denegación presunta). En la práctica, algunas oficinas pueden tardar más.
¿Cuáles son los requisitos para el arraigo social en España en 2026?
Con el Real Decreto 1155/2024 se exige: 2 años de permanencia continuada, ausencia de antecedentes penales, medios de al menos el 100 % del IPREM y vínculos familiares con residentes legales o, si no los hay, el informe de integración social. Se han flexibilizado algunos aspectos respecto a años anteriores.
¿Cuál es el arraigo más rápido en España?
El arraigo familiar no exige tiempo mínimo en España y da 5 años de residencia, pero desde el 20 de mayo de 2025 solo sirve a quien es padre, madre o tutor de un menor de otro país de la UE, del EEE o de Suiza, o presta apoyo a un familiar de esos países con discapacidad. Si tu cónyuge, pareja, hijo o padre es español, la vía es la residencia de familiar de español, que tampoco exige tiempo previo.
¿Qué tipo de contrato se necesita para arraigo social?
Desde el 20 de mayo de 2025, el arraigo con contrato es el arraigo sociolaboral: uno o varios contratos que sumen al menos 20 horas semanales y paguen como mínimo el salario mínimo o el del convenio, en proporción a la jornada, con una empresa al corriente de sus obligaciones. Ya no se exige que dure un año ni que sea a jornada completa.
¿Cuánto dinero necesito para arraigo social?
Si no tienes contrato, necesitas medios económicos de al menos el 100 % del IPREM, unos 600 euros al mes en 2026, disponibles en España. Pueden ser tuyos, de un negocio propio o de tu cónyuge, pareja registrada, padres o hijos con residencia legal.
¿Qué es un precontrato para arraigo social?
Es un compromiso firmado por un empleador que indica su intención de contratarte una vez obtengas la autorización de residencia. Tiene que cumplir los mismos requisitos que un contrato real.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el informe de arraigo social?
Cada comunidad autónoma establece sus criterios, pero suelen valorar tu integración (idioma, vínculos familiares, participación comunitaria, etc.). Es clave para acreditar tu inserción en la sociedad.
¿Cuánto se cobra por arraigo social?
La tasa administrativa es oficial y fija. Los honorarios profesionales varían según la complejidad del caso. En MySpanishResidency te ofrecemos un presupuesto claro desde el primer contacto.
Solicita hoy tu asesoría con abogados expertos en arraigo social
En MySpanishResidency, no solo te explicamos los requisitos del arraigo social en España, sino que nos encargamos de todo el proceso por ti. Desde la evaluación inicial, recopilación de documentación, solicitud de informe, presentación del expediente y seguimiento hasta la obtención de tu TIE y renovación.
Cada caso es único y requiere una estrategia clara, sin errores ni improvisaciones. Por eso, ponemos a tu disposición un equipo de abogados especializados en extranjería, con experiencia real y resultados comprobables.
¿Quieres vivir y trabajar legalmente en España? Da el paso hoy.
Solicita tu consulta legal personalizada y empieza tu camino hacia la residencia con la tranquilidad de estar en buenas manos.
Hola buenos días
Tengo una pregunta soy hondureño y tengo contrato de trabajo para 4 años también ya tengo la tarjeta NIE también puedo aplicar
Me gustaría llevar a mi familia a vivir en este lindo país
Gracias
Hola, muchas gracias por tu mensaje. Para poder orientarte mejor sobre tu situación y las opciones para traer a tu familia, te invitamos a que te pongas en contacto directamente con nuestro despacho. Nuestro equipo de abogados expertos en extranjería podrá asesorarte sobre los trámites relacionados con el arraigo social y otras vías de residencia en España.