Golden Visa España tras la derogación: renovación y alternativas

La Golden Visa española ya no se puede solicitar. La disposición final vigésima primera de la Ley Orgánica 1/2025 dejó sin contenido los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013, los que regulaban el visado y la autorización de residencia para inversores, con efectos del 3 de abril de 2025. Desde ese día no se admite ninguna solicitud nueva, compres un piso de 500.000 euros o deposites un millón en un banco español.

Lo concedido antes sigue vivo. Quien tenía la tarjeta en vigor la conserva hasta su fecha de caducidad y puede renovarla, y la renovación se resuelve con la norma que regía cuando se le concedió la autorización inicial. Esta página explica esa renovación con los artículos en la mano, y qué opciones reales tiene hoy quien llega con capital y quiere vivir en España.

¿Quién puso la visa de oro y quién la quitó?

La creó la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que entró en vigor el 29 de septiembre de 2013. Dentro de su sección de movilidad internacional, los artículos 63 a 67 regulaban la residencia para inversores. En la calle se la conoció como Golden Visa, visado dorado o visa de oro; en la ley siempre fue el «visado de residencia para inversores».

La quitó una ley que casi nadie asocia con extranjería. La Ley Orgánica 1/2025 trata de la eficiencia del Servicio Público de Justicia y entró en vigor tres meses después de publicarse en el BOE el 3 de enero de 2025. En su disposición final vigésima primera vacía los cinco artículos y añade a la Ley 14/2013 dos disposiciones transitorias, que son las que hoy sostienen las renovaciones.

¿Por qué? El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana lo explicó el 2 de abril de 2025: la ministra Isabel Rodríguez defendió la derogación por su efecto sobre el acceso a la vivienda, en una decisión que el propio ministerio comparó con las de Irlanda y Portugal y alineó con la Comisión Europea, que en 2022 pidió a los Estados miembros eliminar sus sistemas de ciudadanía para inversores. El comunicado deja claro además que no se salvó ninguna modalidad: se suprimieron los visados de inversores también en las inversiones que no eran inmobiliarias.

Quién puede tener hoy la residencia por inversión

Solo dos perfiles, y los dos por la vía transitoria.

Tu situaciónQué dice la norma
Presentaste la solicitud antes del 3 de abril de 2025Disposición transitoria primera de la Ley 14/2013: el inversor y sus familiares pueden recibir el visado o la autorización conforme a la normativa vigente el día en que presentaron la solicitud.
Tenías el visado o la autorización en vigor el 3 de abril de 2025Disposición transitoria segunda: conservan su validez durante el tiempo para el que se expidieron, y las renovaciones se tramitan y resuelven conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.
Nunca la pedisteNo hay vía. Los artículos 63 a 67 están sin contenido y ninguna norma los ha sustituido.
Las dos disposiciones transitorias las añadió la disposición final 21 de la Ley Orgánica 1/2025. Texto consolidado de la Ley 14/2013 en el BOE.

El portal del Gobierno para inversores y emprendedores (PRIE) lo confirma y añade un detalle que casi nadie cuenta: la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica sigue emitiendo los informes que hacen falta para renovar cuando la inversión fue un proyecto empresarial de interés general o se hizo a través de una sociedad, y publica un formulario para cada caso.

Cómo se conseguía antes de abril de 2025

Lo contamos en pasado a propósito. Si eres titular, te sirve para saber qué te concedieron y qué tienes que seguir acreditando. Si no lo eres, te sirve para reconocer una web desactualizada cuando la leas en presente.

El artículo 63.2 admitía estas inversiones:

  • 2 millones de euros en deuda pública española.
  • 1 millón en acciones o participaciones de sociedades españolas con actividad real de negocio, o en fondos de inversión, fondos cerrados o de capital riesgo constituidos en España, o en depósitos en bancos españoles.
  • 500.000 euros en inmuebles en España por cada solicitante, en uno o en varios.
  • Un proyecto empresarial considerado de interés general por crear empleo, tener impacto socioeconómico en la zona o aportar innovación científica o tecnológica. Aquí no había importe mínimo.

Hay un matiz que se cuenta mal casi siempre. El artículo 64.b) no obligaba a comprar sin hipoteca: pedía acreditar 500.000 euros de inversión inmobiliaria libres de toda carga o gravamen, y el exceso sí podía estar hipotecado. Una casa de 900.000 euros con 400.000 de hipoteca cumplía. Una de 600.000 con 200.000 de hipoteca, no.

A eso se sumaban los requisitos generales del artículo 62.3, que siguen vigentes para el resto de permisos de esa ley: no estar en situación irregular, ser mayor de edad, no tener antecedentes penales, no figurar como rechazable en el espacio Schengen, tener seguro de enfermedad con una aseguradora autorizada en España, contar con recursos suficientes y pagar la tasa.

La duración la fijaba el artículo 67 y cambió dos veces. El visado duraba un año. La autorización inicial, dos años en la redacción original y tres desde el 23 de diciembre de 2022. Las renovaciones eran de dos años hasta el 29 de julio de 2015 y de cinco años desde el 30 de julio de 2015, siempre que se mantuvieran las condiciones.

Renovación de la Golden Visa en España: lo que decide tu expediente

Aquí está lo que de verdad importa si ya tienes la tarjeta. La residencia de inversores tiene reglas que no comparte con ningún otro permiso, y aplicarle los criterios de una renovación normal es la forma más rápida de complicarla.

Quién la tramita y en cuánto tiempo

La autorización se renueva por vía electrónica ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) y la concede la Dirección General de Migraciones (artículos 76.1 y 76.3 de la Ley 14/2013). El artículo 76.1 fija para las autorizaciones de esa parte de la ley un plazo máximo de veinte días desde la presentación electrónica, con silencio positivo si no hay respuesta. No dice de forma expresa que se aplique a las renovaciones, así que no conviene planificar contando con esos veinte días: mejor presentar con margen. Si lo que tienes es un visado de inversor, el PRIE indica que se renueva en el consulado.

Presentar la renovación prorroga la validez de la tarjeta hasta que se resuelva. Y si se te pasa la fecha, el artículo 76.3 deja una ventana de noventa días después de la caducidad en la que la solicitud todavía prorroga la autorización, aunque puede abrirse un expediente sancionador por el retraso. Pasados esos noventa días la ley ya no prevé esa prórroga, y tampoco se puede pedir de nuevo una autorización de inversor, porque la vía está cerrada a solicitudes nuevas. Si ya presentaste y quieres saber cómo va, puedes consultar el estado del expediente.

Cinco años o dos: depende de cuándo te la concedieron

El artículo 76.3 fija renovaciones de dos años para toda la sección, pero lo hace «sin perjuicio de lo establecido en el artículo 67.2», que daba a los inversores periodos de cinco años. Como la disposición transitoria segunda manda aplicar la norma vigente en la fecha de la autorización inicial, esa fecha decide el bloque. Autorización inicial concedida desde el 30 de julio de 2015: renovación por cinco años. Concedida entre el 29 de septiembre de 2013 y el 29 de julio de 2015: la redacción original del artículo 67.2 hablaba de dos, y es a esa redacción a la que remite la disposición transitoria segunda leída al pie de la letra. La Dirección General de Migraciones no ha publicado un criterio sobre estos casos, así que nuestros abogados los revisan uno a uno. Es la primera pregunta que hacemos en cada renovación, y en muchos expedientes nadie se la había hecho.

Los certificados tienen fecha de caducidad

El artículo 66.2, en la redacción de 2015 que corresponde a las autorizaciones concedidas desde el 30 de julio de ese año, no se conformaba con probar que la inversión sigue ahí. Le ponía fecha a cada documento, y esas fechas explican buena parte de los requerimientos:

  • Inmueble: certificación de dominio y cargas del Registro de la Propiedad fechada dentro de los 90 días anteriores a la solicitud.
  • Acciones no cotizadas o participaciones: certificado notarial de que mantienes la propiedad, con 30 días como máximo. Para acciones cotizadas, deuda pública, fondos y depósitos, certificado de la entidad financiera, del Banco de España o de la gestora, con el mismo límite de 30 días.
  • Proyecto de interés general o inversión a través de una sociedad: informe favorable. La ley lo atribuía a la antigua Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones; hoy lo emite la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica. En el caso de la sociedad, tendrás que acreditar que sigues teniendo la mayoría de los derechos de voto y la facultad de nombrar a la mayoría del órgano de administración. Conviene pedirlo con margen.
  • En todos los casos: estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social (artículo 66.2.e), y seguir cumpliendo los requisitos generales del artículo 62, seguro de enfermedad incluido. Si tu póliza no encaja con lo que se exige, aquí explicamos cómo elegir el mejor seguro médico en España.

Ausencias largas: renuevas, pero no avanzas hacia el pasaporte

La disposición adicional sexta de la Ley 14/2013 sigue en vigor y dice que la renovación puede hacerse aunque haya ausencias superiores a seis meses al año en el caso de los visados y autorizaciones para inversores. Por eso muchos titulares viven fuera la mayor parte del año y renuevan igualmente.

La misma frase empieza con un aviso: todo ello «sin perjuicio» de tener que acreditar la continuidad de la residencia para la larga duración o para la nacionalidad. Traducido: si pasas fuera la mayor parte del año, puedes renovar durante quince años y no estar más cerca de la nacionalidad española. Si ese es tu objetivo, hay que cambiar de estrategia mucho antes de la siguiente renovación.

Tu familia renueva contigo

El artículo 62.4 incluye al cónyuge o pareja, a los hijos menores, a los hijos mayores que dependan económicamente del titular y no hayan formado su propia familia, y a los ascendientes a cargo. En la práctica, los problemas de renovación aparecen más en los familiares que en el titular: el hijo que ha empezado a trabajar y ya no depende, o el certificado de matrimonio que hay que volver a legalizar. Revisamos a la familia entera de una vez. Y si alguien ya no encaja como familiar de inversor, vemos si procede una reagrupación familiar u otro permiso propio.

Si vas a vender el inmueble o mover la inversión

Dos reglas actúan a la vez. El artículo 67.3 exigía que, si la inversión cambiaba durante la vigencia del permiso, se siguiera cumpliendo alguno de los supuestos del artículo 63, salvo que la variación viniera de las fluctuaciones del mercado. Y la disposición adicional séptima, que sigue vigente, obliga a comunicar a la UGE-CE en 30 días cualquier cambio que afecte a las condiciones de admisión, y permite extinguir el permiso, con audiencia previa, si las condiciones dejan de cumplirse.

Una venta firmada de buena fe puede tumbar una renovación que iba a ser un trámite. Si piensas vender la casa que te dio el permiso, cambiar el depósito de banco o reorganizar la sociedad que tiene el activo, háblalo con nuestros abogados antes de firmar. El orden de esos pasos casi siempre se puede planificar. Deshacerlo, casi nunca.

Qué alternativas quedan si venías a invertir

Ninguna funciona como la antigua. En España ya no hay ningún permiso en el que el capital, por sí solo, compre la residencia. Lo que queda son permisos de residencia en España basados en ingresos, en trabajo o en un negocio, y la mayoría de quienes iban a pedir la de inversores encaja en uno de estos:

  • Visado no lucrativo. Para vivir de rentas, ahorros o pensión sin trabajar en España. En 2026 hay que acreditar 28.800 euros al año, es decir, 2.400 euros al mes (el 400 % del IPREM), y 7.200 euros más al año por cada familiar a cargo. El Real Decreto 1155/2024 (artículo 62) admite tanto ingresos periódicos como medios disponibles, así que el patrimonio también cuenta. Es el encaje natural de quien pensaba comprar casa para vivir en ella, con una diferencia: aquí sí se espera que vivas en España.
  • Visado de nómada digital. Para quien trabaja en remoto para empresas o clientes de fuera de España. Lo añadió la Ley 28/2022 a la misma Ley 14/2013 (artículos 74 bis y siguientes) y la autorización se tramita en la misma UGE-CE. La referencia de ingresos en 2026 es de 2.850 euros al mes para el titular. Puede abrir la puerta al régimen de impatriados, la Ley Beckham, que se pide aparte y en plazo.
  • Residencia de emprendedor. El artículo 69 de la Ley 14/2013 sobrevivió a la derogación: autorización de tres años para una actividad innovadora o de especial interés económico, con informe favorable de ENISA, renovable por dos años y, como dice la ley, con residencia permanente a los cinco. Es lo más parecido a la lógica antigua, con una diferencia de fondo: premia poner el dinero a producir en España, no aparcarlo.
  • Profesional altamente cualificado. El artículo 71 también sigue vigente. Sirve para incorporarse a una empresa en España en un puesto de alta cualificación, con autorización de hasta tres años renovable por dos.

Elegir entre ellos no depende de cuánto dinero tienes, sino de dónde salen tus ingresos, cuántos meses al año vas a estar aquí, si quieres acabar en la nacionalidad y cómo tienes estructurados tus activos. Con esos cuatro datos te decimos cuál sostiene tu caso.

¿Se puede conseguir la nacionalidad española invirtiendo?

No. España no ha tenido nunca un programa de ciudadanía por inversión, y la Golden Visa tampoco lo era: daba residencia, no pasaporte. Las vías de nacionalidad están en el Código Civil y ninguna se compra.

La que más se parece a un atajo es la carta de naturaleza del artículo 21.1, que el Gobierno otorga de forma discrecional, por real decreto, cuando concurren «circunstancias excepcionales». No hay requisitos que cumplir ni importe que invertir, y no se solicita como un trámite ordinario.

La vía real es la residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud del artículo 22: diez años con carácter general y dos años para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y para los sefardíes. Para un mexicano, un colombiano o un argentino, eso cambia la conversación entera. Dos años de residencia legal y continuada en España con un visado no lucrativo o de nómada digital te permiten pedir la nacionalidad, si además acreditas la buena conducta cívica y la integración que exige el artículo 22. Quince años de Golden Visa renovada desde fuera, no.

Comprar vivienda en España ya no da residencia

Puedes comprar con total libertad: la derogación cambió la ley de extranjería, no la de propiedad. Un comprador de fuera de la Unión Europea necesita NIE y, en la práctica, una cuenta bancaria española, y paga los mismos impuestos de compra que cualquier otro.

Lo que la escritura ya no trae es el permiso. Sin residencia, el propietario extracomunitario entra con las reglas de estancia corta, 90 días dentro de cualquier periodo de 180 en el espacio Schengen. Y esos días ya no se cuentan con sellos: el Sistema de Entradas y Salidas de la Unión Europea (EES) empezó a funcionar el 12 de octubre de 2025 y está plenamente operativo desde el 10 de abril de 2026, según la Comisión Europea, así que cada entrada y salida queda registrada de forma biométrica. Para pasar temporadas largas en tu propia casa hace falta un permiso de residencia por derecho propio.

Qué países de Europa mantienen la residencia por inversión

Varios, y cambian a menudo, así que aquí solo recogemos lo que hemos comprobado en la norma de cada país en septiembre de 2026. Los dos que más se comparan con España, Portugal e Italia, tienen algo en común: ninguno da ya la residencia por comprar una vivienda.

  • Portugal mantiene su autorización de residencia para actividad de inversión, pero las opciones de compra de inmuebles figuran como revocadas en la Lei 23/2007 (artículo 3.1.d). Quedan, entre otras, 500.000 euros en fondos de inversión no inmobiliarios portugueses, 500.000 euros en investigación científica, 250.000 euros en producción artística o patrimonio cultural, o crear diez puestos de trabajo.
  • Italia regula su visado de inversores en el artículo 26-bis del Decreto Legislativo 286/1998: 2 millones en deuda pública italiana, 500.000 euros en capital de una sociedad italiana (250.000 si es una startup innovadora) o una donación filantrópica de 1 millón. El inmueble no está en la lista.

Ninguno de esos permisos da derecho a vivir en España. Si tu objetivo es España, la conversación va por las alternativas de arriba.

Preguntas frecuentes

¿Está suspendida o derogada?

Derogada. Los artículos que la creaban quedaron sin contenido por una ley orgánica, no por una instrucción administrativa que se pueda levantar. Para recuperarla haría falta una ley nueva aprobada en las Cortes, y el texto consolidado de la Ley 14/2013 en el BOE sigue hoy con esos artículos vacíos.

Mi tarjeta caduca este año. ¿Me la van a renovar?

Se puede renovar si la inversión que te dio el permiso sigue a tu nombre, estás al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social y los certificados respetan los plazos del artículo 66.2. Mándanos la fecha de la autorización inicial, el tipo de inversión y la fecha de caducidad de la tarjeta, y te decimos qué norma se aplica a tu caso y qué hay que preparar.

Voy a estar fuera mucho tiempo. ¿Pierdo el permiso?

Para renovar, no, por la disposición adicional sexta. Para la larga duración y la nacionalidad, esas ausencias sí cuentan en contra. Si vas a salir con la tarjeta caducada o con la renovación en trámite, revisa antes si necesitas una autorización de regreso.

¿La Golden Visa me convertía en residente fiscal?

No por sí sola. El permiso es extranjería y la residencia fiscal es otra prueba: según el artículo 9 de la Ley del IRPF, eres residente si pasas más de 183 días del año natural en España o si aquí está el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos, y luego entra en juego el convenio con tu país. Hay titulares que viven fuera y no son residentes fiscales, y otros que lo son sin saberlo. Lo explicamos en impuestos para extranjeros y lo revisamos caso a caso con nuestros asesores fiscales.

¿Volverá?

Nadie lo puede prometer, y planificar una mudanza contando con ello es mala idea. El motivo que dio el Gobierno, el acceso a la vivienda, sigue ahí, y la Comisión Europea lleva desde 2022 empujando en la dirección contraria. Si quieres vivir en España, lo sensato es elegir hoy uno de los permisos que sí existen.

Trabajamos los dos lados. A los titulares les preparamos la renovación, pedimos los informes que hagan falta, contestamos los requerimientos de la UGE-CE y, si tiene sentido, planificamos el paso a un permiso que sí lleve a la larga duración o a la nacionalidad. A quien llega queriendo comprar para vivir aquí le decimos con franqueza qué permiso sostiene su caso y le llevamos la solicitud. Para empezar nos basta con tu nacionalidad, tu situación actual en España y dónde quieres estar dentro de cinco años: escríbenos desde el formulario «¿Hablamos?» de esta página.

14 comentarios en «Golden Visa España tras la derogación: renovación y alternativas»

  1. Buenas tardes,
    Se cumple para obtener la golden visa el requisito de adquisición de de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros cuando el solicitante los adquiere por donación?
    Gracias y saludos

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  2. Buenos días, estoy interesada en obtener la Golden Visa sin embargo me queda la duda de cómo debe realizarse la compra de dicho inmueble. Debo tener cuenta bancaria en España para solicitar la visa o puedo hacer la transferencia desde una cuenta de USA y otro país?

    Muchas gracias

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  3. A quien corresponda, soy Luis Maurette, Argentino de 70 años, que con mi señora Mariana Llambias, Argentina de 65 años, hemos adquirido una propiedad en la isla de Menorca, la cual la hemos derrumbado y estamos en proceso de construcción de una nueva residencia en Cala Llonga, Menorca.
    La inversión total entre la compra, impuestos y nueva propiedad oscilará en al rededor de Euros 1.5 millones.
    Nuestra intención es pasar por lo menos 4 meses al año en Menorca. El resto del año estaremos viviendo en Punta del Este, Uruguay.
    Ya contamos con una cuenta Bancaria en el Banco Santander y fondos suficientes para la construcción.
    Mi pregunta es muy simple. Cuál sería el mejor estado migratorio para poder permanecer más de tres meses por año sin que esto nos acarree problemas
    Saludos, Luis Maurette

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  4. Hi
    My wife and I purchased a house in 2009 in the Costa Blanca the
    Purchase price was 620000 euros plus taxes. My question is. Can this count towards a Golden visa or is it now to late to apply

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  5. I have a property in Mallorca that I bought 22 years ago. It is now worth more than 500,000.00 euros. Does this count or is it new properties bought. It is very unclear.

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    • These are new properties purchased, i.e., in your case it would not be valid, they have to be properties purchased after September 2013 for a value greater than 500,000€.

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    • Actualización: la Golden Visa quedó derogada por la Ley Orgánica 1/2025 y está cerrada a nuevas solicitudes desde el 3 de abril de 2025. Quienes ya la tienen conservan su permiso y pueden renovarlo. Para una nueva residencia en España te ayudamos con el visado no lucrativo o con el visado de nómada digital; escríbenos y te orientamos.

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    • The Golden Visa Spain allows both the main applicant and their spouse to reside in Spain. While the exact fees can vary depending on individual circumstances, the process includes certain legal and administrative costs.

      For a detailed breakdown of the fees and to discuss your specific case, feel free to contact us through our contact form. We’d be happy to provide personalized guidance and explain all the steps involved.

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